El pasado viernes se publicó en el BOE la resolución donde se detalla la eliminación de estas restricciones, tanto para este año como para el futuro, después de una incesante lucha de ambas organizaciones.
La Asociación Española de Empresarios de Transporte Bajo Temperatura Dirigida (ATFRIE) y la Dirección General de Tráfico (DGT) mantuvieron una reunión en enero con un representante de las Asociaciones miembro de mercancías del Comité Nacional de Transporte por Carretera donde discutieron la penalización que sufre este tipo de transporte.
ATFRIE expresó su desacuerdo con que el transporte a temperatura dirigida de frutas y verduras por el territorio nacional sea castigado a diferencia de las regulaciones competenciales de tráfico que se encuentran en Cataluña, País Vasco, Francia e Italia, entre otros, en los cuales dispensan a este transporte de toda restricción a la circulación de los vehículos industriales que los transportan.
En España, las restricciones para las mercancías recogidas se podían evitar con el Anejo 3 del ATP, pero entre ellas no se encuentran la fruta y la verdura. ATFRIE considera que un país productor y exportador de este tipo de productos no debería sufrir estas restricciones de circulación en fines de semana y en festivos nacionales, autonómicos y locales, así como en puentes y operaciones salida y retorno de vacaciones de semana santa, verano y navidad.
Finalmente, después de un trabajo en conjunto con la DGT, lograron que se aplicaran estas regulaciones para el conjunto de las empresas de transporte español de mercancías bajo temperatura dirigida.