Una orden interna de la DGT restringe a tres los supuestos para realizar las pruebas en carretera.
La orden interna de la Dirección General de Tráfico (DGT) restringe los controles de drogas en carretera desde el pasado día 14 de enero, y hasta nueva orden. Esta decisión sorprende en un momento en el que las últimas campañas de vigilancia del consumo de alcohol y drogas han dado más positivos en estupefacientes que en el alcohol. Sin embargo, las circunstancias han obligado a la DGT a tomar esta decisión de recortar drásticamente estos controles de drogas.
La decisión se debe a que ha quedado desierto el concurso público para signar el laboratorio encargado de analizar los test de drogas que realizan los agentes de la Guardia Civil. Si no hay quien analice las muestras, no se pueden realizar las pruebas de drogas en carretera.
La DGT ha explicado que los únicos supuestos en los que se pueden realizar dichas pruebas, conforme a las instrucciones existentes hasta la fecha, son “accidentes, infracciones y signos evidentes que deriven en una actuación penal”.
La Guardia Civil apunta que, “en realidad, esto sucede todos los años”. A principios de año, la DGT tiene que renovar el contrato y siempre sucede que durante al menos un par de meses se ve obligada a reducir el número de pruebas. No obstante, este año la situación es más complicada, porque no solo hay que renovar, sino que hay que encontrar una empresa, puesto que la convocatoria ha quedado desierta.