Los juzgados de Madrid han declarado ilegales las sanciones de tráfico impuestas por el Ayuntamiento madrileño mediante cámara, tanto las ubicadas en un semáforo como las que se utilizan para sancionar a quienes transitan por las zonas de circulación restringida.
El juzgado de lo Contencioso Administrativo de Madrid estima que las multas apoyadas con fotografías lesionan la presunción de inocencia si en la denuncia no se acompaña un documento que demuestra la fiabilidad del instrumento de captación fotográfica, según señala la empresa de asesoría jurídica Pyramid Consulting, quien tiene numerosas sentencias favorables en este sentido.
De este modo, los juzgados dejan sin efecto las multas avaladas con fotografía si las cámaras que se emplean para denunciar no están sometidas a control metrológico, ya que en la actualidad la fiabilidad de los elementos no está demostrada. Así, el Ayuntamiento de Madrid está obligado a devolver el dinero recaudado y los puntos retirados del carné.